Ley de Ingresos de la Federación 2026: Cambios relevantes para contribuyentes

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FISCAL

Zeferino Cortes y Manuel Martínez

11/12/20253 min read

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El 7 de noviembre de 2025, el Diario Oficial de la Federación publicó el Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026, instrumento clave que define las fuentes de financiamiento y las proyecciones de ingresos del Gobierno Federal.


El ordenamiento entrará en vigor el 1 de enero de 2026.

Panorama general de ingresos proyectados:

De acuerdo con el artículo 1, la Federación estima ingresos totales por 10 billones 193 mil 683.7 millones de pesos para 2026.


Los principales rubros son:

· Impuestos: 5 billones 838 mil 541.1 millones

· Cuotas y aportaciones de seguridad social: 641 mil 782.1 millones

· Derechos: 157 mil 081.7 millones

· Aprovechamientos: 203 mil 520.5 millones

· Ventas de bienes y servicios: 1 billón 630 mil 973.6 millones

· Transferencias del Fondo Mexicano del Petróleo: 232 mil 630.4 millones

· Ingresos por financiamiento: 1 billón 472 mil 626.4 millones

En materia tributaria, destacan las siguientes proyecciones:

· ISR: 3 billones 070 mil 149.1 millones

· IVA: 1 billón 589 mil 069.0 millones

· IEPS: 761 mil 501.9 millones

Asimismo, la recaudación federal participable se estima en 5 billones 339 mil 634 millones de pesos.

Modificación a las tasas de recargos

El artículo 11 actualiza las tasas de recargos por prórroga en el pago de créditos fiscales, quedando de la siguiente manera:

  • 1.38% mensual por prórroga general.

    En pagos a plazos:

  • 1.42% mensual hasta 12 meses.

  • 1.63% mensual entre 12 y 24 meses.

  • 1.97% mensual más de 24 meses o pagos diferidos.

Estas tasas ya incluyen la actualización conforme al Código Fiscal de la Federación.

Impacto empresarial: estas modificaciones elevan los costos financieros de la morosidad y afectan la planeación del flujo de efectivo. Las áreas de tesorería y contabilidad deben ajustar provisiones y políticas de pago para evitar efectos adversos en su liquidez.

Endeudamiento autorizado

El Ejecutivo Federal, a través de la SHCP, podrá contratar deuda hasta por:

  • Endeudamiento neto interno: 1 billón 780 mil millones de pesos.

  • Endeudamiento neto externo: 15 mil 500 millones de dólares.

Para empresas productivas del Estado:

· PEMEX: hasta 160 mil 619.6 millones (interno) y 5 mil 342.1 millones de dólares (externo).

· CFE: hasta 8 mil 764.2 millones (interno) y 969.0 millones de dólares (externo).

En el caso de la Ciudad de México, se autoriza un endeudamiento neto por 3 mil 500 millones de pesos destinado a obras de infraestructura incluidas en su Presupuesto de Egresos 2026.

Reducción de multas por cumplimiento voluntario

El artículo 19 otorga un beneficio a los contribuyentes que corrijan su situación fiscal durante el ejercicio de facultades de comprobación:

· Si la corrección ocurre antes del acta final o del oficio de observaciones, la multa podrá reducirse al 50%.

· Si la corrección se realiza después del acta final, pero antes de la resolución definitiva, la reducción será del 60%, siempre que se cubran las contribuciones y accesorios correspondientes.

Este incentivo busca promover la autocorrección y reducir litigios fiscales, ofreciendo margen de maniobra a quienes actúen de buena fe.

Estímulos fiscales relevantes

El artículo 20 mantiene diversos estímulos, entre los que destacan:

  • Adquisición de diésel o biodiésel para maquinaria (no vehículos) por personas con ingresos anuales menores a 60 millones de pesos: acreditamiento del IEPS contra el ISR.

  • Transporte terrestre público o privado de carga o pasaje con ingresos menores a 300 millones de pesos: acreditamiento de hasta el 50% de gastos de autopistas de cuota contra el ISR.

  • Concesionarios y asignatarios mineros con ingresos menores a 50 millones: acreditamiento del derecho especial sobre minería contra el ISR.

  • Sector editorial (libros, periódicos y revistas) con ingresos anuales hasta 6 millones y al menos 90% de dichos ingresos en esas actividades: deducción adicional del 8% del costo de adquisición.

Facultades administrativas de la SHCP

Los artículos 13 y 14 otorgan amplias facultades a la Secretaría de Hacienda para fijar o modificar aprovechamientos y productos durante 2026.

Las dependencias deberán someter sus propuestas en enero y febrero de 2026; aquellas no aprobadas no podrán cobrarse a partir del 1 de marzo.

La Ley de Ingresos 2026 mantiene una línea de continuidad fiscal, sin nuevos impuestos, pero con ajustes relevantes en tasas de recargos y mecanismos de estímulo.


Para el sector empresarial, los focos rojos y oportunidades son claros:

· Cuidar la liquidez ante el incremento de recargos.

· Aprovechar los estímulos fiscales en transporte, minería, energía y cultura.

· Cumplir puntualmente con los requisitos formales para acceder a beneficios.

· Monitorear las nuevas facultades de la SHCP en aprovechamientos y productos, que podrían derivar en ajustes en costos operativos.

En suma, 2026 se perfila como un año de consolidación recaudatoria, donde la gestión fiscal eficiente será el diferencial entre el cumplimiento pasivo y la estrategia inteligente.